Sierra de la
Ventana, 04 de abril de 2013
Sr. Sergio
Bordoni
Presidente
del Concejo Deliberante
Municipalidad de Tornquist
S_________ ____/_____ ________D
Referencia: Residuos
y materiales de parques y obras en la vía pública.
De nuestra consideración:
Seguramente Usted, al
igual que nosotros, ha notado como año tras año mucha gente de otras
localidades eligen nuestra comarca serrana como lugar para vivir en forma
definitiva o transitoria, atraídos por la favorable calidad de vida que se disfruta
aquí. Esto ha generado la puesta en marcha en forma ininterrumpida de obras en
construcción, gestadas por las inversiones de vecinos ya arraigados, como así
también de nuevos habitantes. Este fenómeno de crecimiento, indiscutiblemente
beneficioso en algunos aspectos -por ejemplo los laborales y económicos-, también puede transformarse en
desfavorable si no es acompañado con legislación municipal que regule los
aspectos negativos generados por la actividad misma.
Una de las consecuencias
negativas que ya se viene observando regularmente y con notorio crecimiento, es
la utilización de la vía pública como lugar para libre disposición de residuos
generales de poda y limpieza de terrenos, como así también el acopio de
materiales de construcción y los escombros que de la edificación se genera. La
proliferación de este tipo de materiales en veredas, esquinas y baldíos,
ocasiona diversos aspectos problemáticos relacionados con la salubridad
pública, la libre circulación y el impacto visual.
A raíz de esto, hemos
elaborado una propuesta que acercamos a continuación, la cual redactamos y
estructuramos con un formato de proyecto de ordenanza con el solo objetivo de facilitar
la transmisión de la proposición, sabiendo que, necesariamente, la misma deberá
ser en primera instancia considerada válida, para luego ser adaptada, corregida y tratada desde el cuerpo
deliberante que Usted preside.
Parte de esta propuesta fue
elaborada a partir de observaciones de la realidad en otros distritos vecinos y
pensamos que la misma puede ser un anexo u ampliación de las ordenanzas N° 75 y 999/94, ambas ya en
vigencia en nuestro Municipio de Tornquist.
Gabriela Tramontini
Secretaria
|
Hugo Kloster
Presidente
|
VISTO:
La necesidad de controlar
el correcto manejo, disposición y ruta de los residuos generales que los
habitantes generan y depositan en las esquinas, veredas, terrenos baldíos, etc.
Que por distintas causas se
ha generado una mala costumbre de arrojar desperdicios de parques y de obras en
la vía pública, como así también el acopio de materiales nuevos para la
construcción.
Que existe una situación
desordenada en la materia, dado que no se ofrece otra opción, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de la
presente propuesta tiene propensión a optimizar los escasos recursos
presupuestarios, de mano de obra, maquinaria y gastos varios del Municipio; a
la buena imagen de la localidad hacia los pobladores y turistas; a la
protección de la salud humana, de los ecosistemas, a la disminución de los
elementos contaminantes del medio ambiente y a la concientización necesaria de
que cada integrante de la comunidad es responsable de los residuos que genera;
y que el municipio tiene la obligación, como contraprestación de lo recaudado
por ABL, de recolectar solamente los residuos hogareños y previamente separados
en bolsas de distintos colores para su reciclado,
POR ELLO:
Se propone al HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE de Tornquist lo siguiente:
·
Promover en nuestro
Distrito el servicio de alquiler de contenedores volquetes, teniendo en cuenta
distintas medidas según la necesidad del vecino solicitante, ya sea por volumen
ó tipo de residuo a transportar, haciendo obligatorio el uso de los mismos para
el almacenamiento transitorio en la vía pública de residuos de parques y obras,
resultantes de tareas de limpieza de terrenos y construcción de obras.
·
Los proveedores del
servicio deberán estar registrados en la municipalidad e instruidos para la
ubicación de los contenedores, ruta y disposición final de los residuos,
controlando el Municipio que cada tipo de residuo es transportado al lugar
determinado para tal fin.
·
El precio del alquiler será
acorde y en consonancia con el mercado comercial regional de estos servicios.
·
Para aquel vecino,
organismo de bien público o entidad social que demostrara dificultad económica
o se caracterice como entidad sin fines de lucro y no cuente con los recursos
económicos necesarios, el municipio ofrecerá el servicio en forma gratuita
mediante la realización de un trámite establecido a tal efecto.
·
Prohibir el acopio de materiales
para la construcción en las veredas o calles que afecten la libre circulación
de peatones y vehículos. Exigir la valla y señalización necesaria para que
evitar obstrucciones y prevenir accidentes.
Del aprovechamiento de los residuos:
·
Los residuos de poda se
procesarán con una chipeadora para reducir volumen y poder usar el material
resultante para distintos usos (abono, fabricación de briquetas, etc.).
·
El desecho de obras
(escombros) se podrá usar para el relleno o mejoras de calles, (previamente
tratado con una moledora), o para la venta a obras que necesitan de este material.
·
Los residuos metálicos se
clasificaran para su comercialización.
De los residuos en la vía pública en general:
- Prohibir
la quema de ramas, hojas u otros residuos en cualquier sector, para evitar
molestias a los vecinos y deterioro del medio ambiente.
- Hacer
exigible la colocación de canastos, cestos o basuriles en el frente de
cada domicilio, sean estos hogares, cabañas, hoteles, restaurantes, etc., para
el depósito de los residuos sólidos urbanos generados mediante la
separación en origen, hasta el momento de la recolección, prohibiendo el
acopio de bolsas directamente en el suelo, las que frecuentemente terminan
dañadas por animales y su contenido esparcido en la vía pública.
- Los
canastos, cestos o basuriles deberán respetar normas básicas de
construcción (por ejemplo tener una tapa adecuada) según diseño a proponer
por el municipio.
De la difusión de esta normativa:
·
Esta ordenanza deberá estar
acompañada por difusión en los medios, inclusive con volantes en el impuesto
abl, aclarando las multas aplicables por el incumplimiento de la normativa.
·
También se colocarán carteles
en los lugares acostumbrados a la acumulación indebida de residuos en la vía
pública con las nuevas indicaciones y las multas correspondientes.
De la aplicación, control y sanciones de la normativa:
·
El Municipio realizará el
control necesario de lo normado en la presente, mediante la asistencia de
inspectores motorizados para informar, persuadir, apercibir y/o multar ante el
incumplimiento de las normas establecidas.
·
El no cumplimiento de lo
dispuesto por la presente normativa, determinará una multa equivalente al 20%
(veinte por ciento) del sueldo mínimo municipal vigente.
·
El Municipio establecerá un
sistema de recepción de denuncias anónimas para optimizar el control y evitar
posibles conflictos entre vecinos.
Para todos los efectos detallados en la presente normativa se determina
que:
·
Se entiende por residuos de
parques a las ramas, troncos, hojas, raíces, pasto, césped, árboles, arbustos u
otros elementos, resultantes de la poda, mantenimiento y/o limpieza de jardines,
terrenos baldíos y veredas.
·
Se entiende por residuos de
obras a los escombros, restos de mampostería, maderas, metales, envases de
productos de construcción y otros, resultantes de cualquier actividad
relacionada con la construcción o demolición de viviendas u otras obras de
infraestructura.
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