sábado, 15 de agosto de 2015

Protocolo de actuación y denuncia para escuelas fumigadas


Protocolo extraído de la web de Naturaleza de Derechos.

El Protocolo de actuación y denuncia ante un caso de fumigación con agrotóxicos en las adyacencias de una escuela rural en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, es una guía con pasos concretos de como las autoridades de los establecimientos educativos deben actuar a los efectos de resguardar las pruebas y documentar el caso debidamente con vistas a visibilizar una problemática que es ignorada por el estado o bien formular una presentación administrativa o judicial.
 
Ante todo, el hecho debe ser denunciado ante las autoridades policiales y administrativas, sabiendo que el seguimiento estricto del protocolo se tendrá una base fáctica debidamente instrumentada que nos permitirá una sólida afrenta ante el poder judicial. Prueba de ello es el reciente fallo de la justicia de Bahía Blanca que hizo lugar a una medida cautelar a favor de una escuela rural afectada por las fumigaciones con agrotóxicos ( Caso Grynberg ver fallo ). Esa sentencia cautelar pudo obtenerse por el cumplimiento de varias pautas del presente protocolo, para el cual se consideraron las opiniones de docentes y directores de escuelas rurales afectadas directamente por las fumigaciones con agrotóxicos.

Debemos apuntar que el registro de  los casos de fumigaciones  con  agrotóxicos  en  las  adyacencias  de una escuela rural que se presenten, permitirá darle un blindaje de legitimidad al reclamo colectivo antes las autoridades para avanzar en una reglamentación o tratamiento legislativo en ese aspecto y, a su vez, constituirse en un elemento de prueba importante para acreditar en las presentaciones judiciales, la desidia del estado , cualquiera sea la jurisdicción territorial. 
 
Corresponde tener presente que en la Provincia de Buenos Aires, la ley provincial  de agrotóxicos vigente y su decreto reglamentario no establecen ningún tipo de restricción para las fumigaciones terrestres; y en cuanto a las aéreas solo prevé una distancia de protección de 2 kms respecto a  los centros poblados, no incluyendo a las escuelas rurales. Por ello, en aquellas localidades donde no existan ordenanzas que regulen las fumigaciones con agrotóxicos o no dispongan ninguna restricción en relación a las escuelas rurales, con la aplicación estricta del protocolo, están las condiciones, a priori, para procurar intentar por la vía judicial la obtención de una medida cautelar idéntica al caso Grynberg (2 kms fumigaciones aéreas - 1000 metros terrestres), a fin de proteger a la comunidad escolar.

El presente es un documento dinámico que se actualiza periódicamente con cambios y mejoras conforme a la praxis.


Primero: Actuar preventivamente para evitar riesgos de intoxicación
Si se advierte que se están realizando fumigaciones en las cercanías de la escuela o se advierten síntomas de intoxicación por causa probable de éstas, antes que nada realizar las siguientes acciones:
1)      En caso de que haya personas (alumnos, docentes u otros) fuera  de la escuela, ingresar inmediatamente a la escuela para evitar el contacto con las sustancias que estén dispersas en el aire.
 
2)      Suspender inmediatamente las clases y comunicación inmediata a la Jefatura de Inspección Escolar Distrital.
 
3)      Si hay posibilidades filmar, sacar fotos, llamar a otras personas cercanas que puedan ver lo que sucede mejor, a fin de garantizar todo medio de registro y testimonios de los hechos.
 
4)     En caso de sufrir algún tipo de sintomatología extraña acudir rápidamente al Hospital o  centro de salud más cercano e informar sobre las fumigaciones a las que estuvo expuesto. Solicitar certificado de atención y de las indicaciones prescriptas por el médico.
 
5)      Vaciar los tanques y solicitar-ordenar que se limpien.
 
6)  Hacer una nota o comunicación a los padres, informando la situación.  En esa misma nota, solicitar el consentimiento de los padres para que se le realice a los alumnos los estudios de salud pertinentes con el Ministerio de Salud.
 
7)       Labrar un acta con todos estos pasos efectuados y suscripta por el personal docente y no docente presente.
 
8)    Tomar nota del personal docente y no docente como así también de terceros que hayan presenciado el incidente que se quieran ofrecer su información sumaria (testimonio) ante una eventual acción judicial futura. (3-4 testimonios). Anotar los datos de contacto.

  Segundo: Formular la denuncia a la policía
1. LLAMAR A LA POLICÍA O POLICÍA ECOLÓGICA (en caso de que exista en la localidad) o ir directamente a la comisaría mas cercana para denunciar el hecho.

2. En caso  que la presencia policial se produzca en el momento de la fumigación solicitar que se releve en forma inmediata datos de la maquinaria con la cual se está fumigando, del productor, del aplicador, de las características del lugar, de los agroquímicos que se aplicaron. Solicitarle a la policía que requiera y exija la exhibición por el aplicador de la receta agronómica y acta de trabajo y que verifique si hay  ingeniero agrónomo  presente al momento de la aplicación a fin de hacer de constar dicha circunstancia en el acta de relevamiento policial. Luego concurrir a la sede policial a formalizar la denuncia.
 
Si la policía llegó luego de realizada la fumigación y ya retirado el aplicador, concurrir a la sede para formalizar la denuncia.
 
3. En  la DENUNCIA : precisar día, hora, lugar, condiciones climáticas (ej. vientos), características del equipo (color, identificación, si es avión ver las letra en las alas), si se puede datos de la persona que realizó la fumigación, datos del dueño del campo o arrendatario donde la misma se produjo, del tipo de cultivo que se fumiga, si se ven envases de agroquímicos, características de los mismos; detallar cercanías con la escuela afectada, viviendas, establecimientos sanitarios, fuentes, reservas o reservorios de agua, colmenas, producción agroecológica, producción orgánica, ictícola, etc.; indicar si hay niños, ancianos, mujeres embarazadas, personas con discapacidad o enfermas. Asimismo hacer contar cualquier clase de sintomatología evidenciada por los niños, personal docente y no docente. Hacer constar que se percibió el olor y que el agua que se consume en la escuela es de pozo. Asimismo graficar en palabras el peligro que representa la aplicación en las cercanías de la escuela. el stress que genera la situación en los niños (suspensión intempestiva de clases, impedir la salida al patio,  alguna expresión o cuestión emocional que los mismos hayan reflejado al momento del hecho etc)

4. Al momento de requerir la presencia policial se debe invocar que dicha petición se encuentra fundamentada en el interés superior del niño, el derecho a la salud y a vivir en un ambiente sano; tales derechos se encuentran reconocidos en el Art.41 de la Constitución Nacional, la Ley General del Ambiente Nº 25.675, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley Provincial Nº 11.723 “Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales”.
Finalmente denunciar que la conducta constatada puede configurar el tipo penal previsto en el Art. 55 Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051 y ser pasible de la sanción penal prevista en el art. 200 del Código Penal, por cuanto dicha norma castiga a quien envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.

5. Acompañar a la denuncia las filmaciones (guardarse copia), fotos (guardarse copia), y cualquier otra prueba que consideren pertinente para demostrar lo que allí se está denunciando, certificados médicos por ejemplo. TODA DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑE HACERLO EN COPIA. NO ENTREGAR ORIGINALES. LA POLICÍA  NO ESTA AUTORIZADA A QUEDARSE CON LOS ORIGINALES. LO QUE LA POLICÍA DEBE HACER ES VERIFICAR QUE LA COPIA QUE SE ACOMPAÑA ES IGUAL AL ORIGINAL Y CERTIFICAR LA COPIA CON LA SIGUIENTE FRASE O SIMILAR: ¨LA PRESENTE COPIA ES FIEL DEL ORIGINAL¨

6. PEDIR COPIA DEL ACTA DE LA DENUNCIA.

7. Controlar en los días subsiguientes que la Policía en donde radicó la denuncia haya realizado la correspondiente elevación de la denuncia a la Fiscalía o un Juez y solicitar los datos del lugar donde fue remitida dicha denuncia a fin de asegurarse que se le dé a la misma el impulso  correspondiente.

  Tercero: Denuncia ante las autoridades con competencia en la materia
Luego de formulada la denuncia policial,  realizar la denuncia ante el 1) Municipio, 2) la Región Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y 3) la Dirección de Fiscalización de Sanidad Vegetal del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires.
¿Quién­­­ puede realizar la denuncia? 
Toda persona (física o jurídica, por ejemplo la institución escolar) que se vea afectada o tome conocimiento de tales hechos y omisiones puede efectuarla. (Artículo Nº  41 de la Constitución nacional y Ley General del Ambiente Nº 25.675). A su vez rige una legitimación extraordinaria que dispone el articulo 1 de la ley 26061 al estar en juego la salud de niños. No olvidemos de invocar esta ley (26061) de protección a la niñez que tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. El citado cuerpo normativo prescribe que los derechos en él reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño; estableciendo que la omisión en la observancia de los deberes que por la presente corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales tendientes a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces.
¿Qué denunciar?
  1. En primer lugar denunciar circunstanciadamente los hechos (indicando fecha, hora y lugar). Acompañar copia de la denuncia policial formulada (en caso de contar con ella). Con esta nota se abre un expediente administrativo y se solicita al municipio (quien posee el poder de policía)  tome intervención a fin de hacer cumplir las normas ambientales, resguardar la salud de la comunidad escolar y prevenir/recomponer la posible contaminación agua, suelo, aire.
  2. Solicitar en la presentación al Municipio que en el expediente administrativo se identifique catastralmente el campo, los datos del productor, aplicador y asesor técnico, constancia de los registros, equipos, recetas agronómicas, actas de trabajo, del lugar donde se guarda la maquinaria, recorrido que realiza y dónde se lava, lugar de disposición de los envases.
  3. Solicitar por nota separada en la Dirección de Catastro del municipio que se  informe los datos catastrales del campo fumigado (y de todos los campos lindantes).
  4. Denunciar y solicitar la intervención de la Región Sanitaria pertinente del Ministerio de Salud provincial a fin de que realicen análisis de suelo, atmosfera y de agua. Dirección y teléfonos de las Regiones Sanitarias http://www.ms.gba.gov.ar/telefonos/     Otros teléfono alternativo: Director de Fiscalización Sanitaria Dr. Pablo Binaghi 0221 4292803 - 0221 4292810
  5. Llamar dentro de las 24 hs de producida la fumigación a la Dirección de Fiscalización de Sanidad Vegetal Ministerio de Asuntos Agrario poner en conocimiento la denuncia realizada y solicitar que se perite sobre el predio de la escuela afectada y que recabe todos los datos pertinentes (propietario del predio, productos aplicados, confección de receta agronómica, acta de trabajo, Ingeniero Agrónomo que intervino, si la maquina esta inscripta).
                Por teléfono a la Dirección en La Plata: (0221) 429.5203 mail: lherrera@maa.gba.gov.ar
                O a la Delegación correspondiente: ver en http://www.maa.gba.gov.ar/2010/SubCA/imagenes/lista-delegaciones.gif

 Cuarto: Denunciar ante la inspección distrital escolar
Sin perjuicio de la comunicación inmediata realizada a la Jefatura de Inspección Escolar apenas ordenada la suspensión de las clases, luego de formuladas las denuncias, realizar una presentación ante dicha autoridad adjuntando todas las actuaciones realizadas en los primeros tres puntos.

Quinto: Comunicar a la ART
Comunicar la situación a la ART para que tome intervención y asistencia del personal docente y no docente de la escuela. (La ley ampara la salud de los docentes y es obligación ineludible de las autoridades escolares que en caso de que un establecimiento educativo sea afectado una fumigación en horario escolar, denunciar esa circunstancia ante la ART. )
Recomendar al personal afectado exigir a la ART que realice estudios de sangre (para analizar la presencia de agrotóxicos) y estudios de mucosa bucal (para analizar aberración cromosómica y micro núcleos, a fin de detectar daño genético).
Listado de las Art para recabar los datos de contacto: http://www.srt.gob.ar/index.php/art/datos-de-art-ea  

Sexto: Enviar el caso a los siguientes organismos:
Elaborar un memo sucinto del caso, con fecha de la incidencia y breve crónica de los hechos y de las denuncias realizadas. Es muy probable que en la mayoría de los organismos listados no se obtenga ninguna respuesta. Se recomienda igual cumplir con las comunicaciones.

1. Informar a los gremios docentes, para que tomen conocimiento de la situación que está padeciendo la comunidad docente y no docente.

2. Denunciar la situación  ante la Secretaría de la Niñez provincial: Línea 102 las 24 hs manifestando expresamente la afectación del derecho a la salud de los niños que asisten a la escuela rural.
 
3. Denunciar la situación al Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y de la Nación.
Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. Por teléfono: 0800-222-5262.
Defensor del Pueblo de la Nación. Por teléfono: 0810-333-3762 o fax al (011) 4819-1581.
Personalmente o por correo postal, en la sede Suipacha 365. Ciudad de Bs. As.
 
4. Denunciar ante la UFIMA (Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental). http://www.mpf.gob.ar/ufima/
La denuncia ante la UFIMA se puede realizar por los siguientes medios:
-          Por correo electrónico: ufima@mpf.gov.ar
-          Por teléfono: (011) 4342-9886/7.
-          Personalmente o por correo postal, en la sede de la UFIMA sita en la calle 25 de mayo Nº 179, 3º piso, CABA.

5. Denunciar a la Comisión Nacional de Investigación de Agroquímicos:
Por teléfono: 0800-345-0044   (es muy probable que no atiendan)
 
REQUISITOS LEGALES QUE DEBE CUMPLIR TODA FUMIGACIÓN
Según la Ley Provincial de Agroquímicos Nº 10699 y su Decreto Reglamentario Nº 499/91  TODO AQUEL QUE VAYA A FUMIGAR (PULVERIZAR) CON AGROQUÍMICOS DEBE:
*Poseer RECETA AGRONÓMICA (de expendio y de aplicación) y respetar lo indicado en la misma.
*Confeccionar ACTA DE TRABAJO
*Contar con ASESOR TÉCNICO.
*El APLICADOR debe estar registrado, poseer la VERIFICACIÓN TÉCNICA ANUAL de los equipos de aplicación.
TODOS LOS DOCUMENTOS QUE SE GENEREN A PARTIR DE ESTE PROTOCOLO ADJUNTARLOS EN UNA CARPETA DE ACTUACIÓN. LOS MISMOS SON MUY IMPORTANTES PARA UN EVENTUAL RECLAMO JUDICIAL DE PERSISTIR LAS FUMIGACIONES.- A MODO DE EJEMPLO: EN EL CASO GRYNBERG DONDE LA JUSTICIA DE BAHÍA BLANCA EN EL MES DE OCTUBRE DE 2014 DISPUSO EL CESE DE LAS FUMIGACIONES AÉREAS Y TERRESTRES A MENOS DE 2 KMS Y MIL METROS RESPECTIVAMENTE DE UNA ESCUELA RURAL, SE TUVIERON EN CUENTA PARA LA DECISIÓN JUDICIAL LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR LA DIRECTORA DEL ESTABLECIMIENTO EN UNA FUMIGACIÓN REALIZADA EN EL AÑO 2012.
Naturaleza de Derechos. Enero 2015

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